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Prensa

Final report of the IEA Future of Ergonomics Committee

Final report of the IEA Future of Ergonomics Committee

By admin, 15 marzo, 2012

To The IEA Family:

As you may recall, the Future of Ergonomics Committee stems from an initiative from the 2009 Council Meeting in Beijing when Council directed a study on IEA governance in the future.

The report from this committee, headed by David Caple, was discussed at the 2010 Council Meeting in Brugge where structural changes were approved. At that time the IEA commissioned a committee to take a strategic approach to our future as a discipline and profession. We selected Jan Dul to lead this committee of international experts and to get input from leading ergonomists from around the world. This team worked hard and took advantage of experience, expertise and a participatory approach to complete their work in a little more than a year. This was a remarkable accomplishment.

It is my pleasure to send you the attached White Paper from the IEA Future of Ergonomics Committee. This work does a magnificent job in shaping our future by: identifying three fundamental characteristics of our identity; addressing six significant changes in our environment; identifying significant internal and external actors; and presenting a strategy and implementation plan for our future. This is a critical document that IEA and individual societies can use as a guideline for strategically charting our path forward.

IEA was pleased to provide financial support for this committee’s work and the Executive Committee recommends that Council and the incoming IEA leadership take full advantage of this paper. We are deeply indebted to the entire committee (Jan Dul, Ralph Bruder, Peter Buckle, Pascale Carayon, Pierre Falzon, Bill Marras, John Wilson, and Bas van der Doelen) for their hard work. We also appreciate the contributions of ergonomists from around the world who provided their valuable input.

This manuscript has been accepted for publication in Ergonomics and will be made available for free download in the near future. In the meantime, I would ask that you review this landmark document and think of ways that you can implement this strategy in your own societies and networks. Jan Dul will present this to Council at our meeting in Recife. He will later make a broader announcement to the Congress in a keynote address.

I would ask you to read the manuscript and distribute it to your key leaders and constituents. Encourage those who are attending the Congress to pay close attention to the plenary remarks on this important topic. You will hear from IEA as we move forward in ways to implement this plan.


All the best,
Andrew S. Imada, Ph.D. CPE
President

International Ergonomics Association

4910 Phelps CourtCarmichael, California 95608 USA

1 916 486-1635 Office

1 916  486-0188 Fax

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IEA Website: http://www.iea.cc/

Descargue la carta aqui.

Descarga de wallpapers y protectores de pantalla

Pagina de descarga gratuita de Wallpapers y Protectores de Pantalla con tips preventivos:  

En esta seccion ponemos a su disposicion un listado de Wallpapers, Posters y Protectores de Pantalla que Ud. podra descargar de manera gratuita, esperamos le sean de utilidad:

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Posters:

Limites de Peso maximo para manipulacion manual de cargas para Argentina - Res. 295/03 Anexo I

- Tabla I: Peso maximo en las mejores condiciones: 32 Kg,  haciendo clik aqui.

- Tabla II: Peso maximo en las mejores condiciones: 27 Kg, haciendo clik aqui.

- Tabla III: Peso maximo en las mejores condiciones: 14 Kg, haciendo clik aqui.

Alturas de trabajo

Alturas de Trabajo recomendadas segun el tipo de Tarea, haciendo clik aqui.

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Resolucion 1528/2012 - Lesiones Traumaticas de los Miembros Superiores

Superintendencia de Riesgos del Trabajo

RIESGOS DEL TRABAJO

Resolución 1528/2012

Apruébase el Protocolo para el Tratamiento de las Lesiones Traumáticas de los Miembros Superiores. Bs. As., 7/11/2012

VISTO el Expediente Nº 81.546/12 del Registro de esta SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO (S.R.T.), la Ley Nº 24.557, los Decretos Nº 717 de fecha 28 de junio de 1996, Nº 491 de fecha 29 de mayo de 1997, las Resoluciones S.R.T. Nº 283 de fecha 29 de agosto de 2002, Nº 310 de fecha 10 de septiembre de 2002, Nº 502 de fecha 12 de diciembre de 2002, Nº 216 de fecha 24 de abril de 2003, Nº 1.195 de fecha 25 de octubre de 2004 y Nº 1.300 de fecha 04 de noviembre de 2004, y

CONSIDERANDO:

Que uno de los objetivos de la Ley Nº 24.557 sobre Riesgos del Trabajo (L.R.T.) es reparar los daños derivados de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.

Resolución 1528/2012 SRT: Apruébase el Protocolo para el Tratamiento de las Lesiones Traumáticas de los Miembros Superiores.

Que el apartado 1 del artículo 20 de la Ley de Riesgos del Trabajo determinó que las ASEGURADORAS DE RIESGOS DEL TRABAJO (A.R.T.) deben otorgar a los trabajadores que sufran algunas de las contingencias previstas en dicha ley las prestaciones de: asistencia médica y farmacéutica; prótesis y ortopedia; rehabilitación; recalificación profesional; y servicio funerario.

Que el apartado 1 del artículo 26 de la Ley de Riesgos del Trabajo estableció que la gestión de las prestaciones previstas en la Ley de Riesgos del Trabajo está a cargo de las A.R.T.

Que, asimismo, el artículo 30 de la Ley de Riesgos del Trabajo estableció que quienes hubiesen optado por el régimen de autoseguro deberán cumplir con las obligaciones que esa ley pone a cargo del empleador y a cargo de las A.R.T.

Que en consecuencia, corresponde a las A.R.T. y a los EMPLEADORES AUTOASEGURADOS generar los mecanismos para que las prestaciones en especie a que alude la Ley de Riesgos del Trabajo sean otorgadas en tiempo y forma.

Que en este contexto es necesario y oportuno determinar pautas básicas a seguir para que los trabajadores reciban prestaciones en especie de calidad y en el momento en que deban ser brindadas.

Que la Subgerencia Control de Prestaciones Médicas, a partir de la experiencia recogida durante los años de vigencia del Sistema de Riesgos del Trabajo, consideró necesario el dictado de protocolos para la atención de los trabajadores damnificados impulsando, en consecuencia, la estandarización de los tratamientos.

Que la Asociación Argentina de Ortopedia y Traumatología expresó su conformidad a la aplicación de esta normativa, en relación a los conceptos científicos utilizados.

Que la Gerencia de Asuntos Legales de esta SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO (S.R.T.) ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente se dicta en uso de las facultades y atribuciones que confieren el apartado 1° del artículo 36 de la Ley Nº 24.557.

Por ello,

EL SUPERINTENDENTEDE RIESGOS DEL TRABAJO RESUELVE:

Artículo 1° — Apruébase el Protocolo para el Tratamiento de las Lesiones Traumáticas de los Miembros Superiores establecidas en el Anexo de esta resolución.

Art. 2° — La presente resolución entrará en vigencia a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial.

Art. 3° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Juan H. González Gaviola.

Aqui podra descargar El Anexo de la Resolucion 1528/12:

Descargar Anexo de la Resolucion 1528/12 - Hoja 1

Descargar Anexo de la Resolucion 1528/12 - Hoja 2

Descargar Anexo de la Resolucion 1528/12 - Hoja 3

Descargar Anexo de la Resolucion 1528/12 - Hoja 4

Descargar Anexo de la Resolucion 1528/12 - Hoja 5

Descargar Anexo de la Resolucion 1528/12 - Hoja 6

Descargar Anexo de la Resolucion 1528/12 - Hoja 7

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Decreto Nº 4 de 2010 - Trastornos musculo esqueleticos - Chile

El Decreto Nº 4 de enero de 2010, publicado en el Diario Oficial el 22 de febrero, modifica decreto 594 sobre condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo.

Ministerio de Salud

SUBSECRETARÍA DE SALUD PÚBLICA

MODIFICA EL DECRETO N° 594, DE 1999, SOBRE CONDICIONES SANITARIAS Y AMBIENTALES BÁSICAS EN LOS LUGARES DE TRABAJO
Núm. 4.- Santiago, 25 de enero de 2010.

Visto: Lo dispuesto en los artículos 2o; 82, 87 y 88 y en el Libro Décimo del Código Sanitario aprobado por DFL No 725, de 1967, del Ministerio de Salud; en los artículos 65, 66 bis y 68 de la ley No 16.744; en los artículos 184, 190 y 191 del Código del Trabajo; en los artículos 4o y 7o del DFL No 1, de 2005, del Ministerio de Salud y teniendo presente las facultades que me confiere el artículo 32 No 6, de la Constitución Política de la República, y

Considerando: -el aumento de trabajadores que sufren patologías musculoesqueléticas en las extremidades superiores, y-la necesidad de disponer medidas de protección para los trabajadores de modo de prevenir trastornos músculo esqueléticos de las extremidades superiores,

Decreto:
1°.- Modifícase el decreto N° 594, de 1999, del Ministerio de Salud, que aprueba el Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los lugares de Trabajo, en la forma que a continuación se indica:
1.- Agrégase en el Párrafo III del Título IV, a continuación del punto 8.- el siguiente punto 9.-
‘‘9.- De los Factores de Riesgo de Lesión Musculoesquelética de Extremidades Superiores

Artículo 110 a: Para efectos de los factores de riesgo de lesión musculoesquelética de extremidades superiores, las siguientes expresiones tendrán el significado que se indica:

a) Extremidades Superiores: Segmento corporal que comprende las estructuras anatómicas de hombro, brazo, antebrazo, codo, muñeca y mano.

b) Factores biomecánicos: Factores de las ciencias de la mecánica que influyen y ayudan a estudiar y entender el funcionamiento del sistema musculoesquelético entre los cuales se encuentran la fuerza, postura y repetitividad.

c) Trastornos musculoesqueléticos de las extremidades superiores: Alteraciones de las unidades músculo-tendinosas, de los nervios periféricos o del sistema vascular.

d) Ciclos de trabajo: Tiempo que comprende todas las acciones técnicas realiza- das en un período de tiempo que caracteriza la tarea como cíclica. Es posible determinar claramente el comienzo y el reinicio del ciclo con las mismas acciones técnicas.

e) Tarea: Conjunto de acciones técnicas utilizadas para cumplir un objetivo dentro del proceso productivo o la obtención de un producto determinado dentro del mismo.

f) Fuerza: Esfuerzo físico realizado por el trabajador y observado por el evaluador según metodología propuesta en la Guía Técnica del Ministerio de Salud.

Artículo 110 a.1: El empleador deberá evaluar los factores de riesgo asociados a trastornos musculoesqueléticos de las extremidades superiores presentes en las tareas de los puestos de trabajo de su empresa, lo que llevará a cabo conforme a las indicaciones establecidas en la Norma Técnica que dictará al efecto el Ministerio de Salud mediante decreto emitido bajo la fórmula ‘‘Por orden del Presidente de la República’’.

Los factores de riesgo a evaluar son:

-Repetitividad de las acciones técnicas involucradas en la tarea realizada en el puesto de trabajo.

-Fuerza ejercida por el trabajador durante la ejecución de las acciones técnicas necesarias para el cumplimiento de la tarea.

-Posturas forzadas adoptadas por el trabajador durante la ejecución de las acciones técnicas necesarias para el cumplimiento de la tarea.

La presencia de estos factores de riesgo deberá ser evaluada mediante observación directa de la actividad realizada por el trabajador la que deberá contrastarse con las condiciones establecidas a continuación.

Repetitividad
Posibles condiciones observadas

•El ciclo de trabajo o la secuencia de movimientos son repetidos dos veces por minuto o por más del 50% de la duración de la tarea.

•Se repiten movimientos casi idénticos de dedos, mano y antebrazo por algunos segundos.

•Existe uso intensivo de dedos, mano o muñeca.

•Se repiten movimientos de brazo-hombro de manera continua o con pocas pausas.

•Son aplicadas fuerzas con las manos para algún tipo de gesto que sea parte de la tarea realizada.
Fuerza
Posibles condiciones observadas

•Se levantan o sostienen herramientas, materiales u objetos de más de:-0,2 Kg por dedos (levantamiento con uso de pinza)-2 Kg por mano

•Se empuñan, rotan, empujan o traccionan herramientas o materiales, en que el trabajador siente que necesita hacer fuerza importante.

•Se usan controles en que la fuerza que ocupa el trabajador es percibida por este como importante.

•Uso de la pinza de dedos en que la fuerza que ocupa el trabajador el trabajador es percibida por este como importante.
Posturas forzadas
Posibles condiciones observadas

•Existe flexión o extensión de la muñeca de manera sostenida en el tiempo durante el turno de trabajo.

•Alternancia de la postura de la mano con la palma hacia arriba y la palma hacia abajo, utilizando agarre.

•Movimientos forzados utilizando agarre con dedos mientras la muñeca es rotada, agarres con abertura amplia de dedos, ó manipulación de objetos.

•Movimientos del brazo hacia adelante (flexión) o hacia el lado (abducción) del cuerpo que hagan parte de los movimientos necesarios para realizar las tareas.
Verificada alguna de las condiciones señaladas, deberá evaluarse para asignarle el nivel de riesgo correspondiente a la actividad, de acuerdo con lo establecido en la Norma Técnica referida.

Artículo 110 a.2: Corresponde al empleador eliminar o mitigar los riesgos detectados, para lo cual aplicará un programa de control, el que elaborará utilizando para ello la metodología señalada en la Norma Técnica referida.

Artículo 110 a.3: El empleador deberá informar a sus trabajadores sobre los factores a los que están expuestos, las medidas preventivas y los métodos correctos de trabajo pertinentes a la actividad que desarrollan. 

Esta información deberá realizarse a las personas involucradas, cada vez que se asigne a un trabajador a un puesto de trabajo que implique dichos riesgos y cada vez que se modifiquen los procesos productivos o los lugares de trabajo.

La información a los trabajadores deberá constar por escrito y contemplar los contenidos mínimos establecidos en la referida Norma Técnica del Ministerio de Salud, dejando constancia de su realización.

Descargar texto original.

Calculo de esfuerzos biomecanicos mediante el analisis de imagenes digitales

Cálculo de esfuerzos biomecánicos mediante el análisis de imágenes digitales

Cálculo de esfuerzos biomecánicos mediante el análisis de imágenes digitales, aplicación en el rediseño de puestos de trabajoLa metodología de análisis planteada en este documento se basa en conceptos biomecánicos, los cuales se emplean para determinar los esfuerzos musculares generados por las posturas que se adoptan en el puesto de trabajo, para llevar a cabo los análisis propuestos se usa como herramienta el Autocad (Programa Informático de diseño de amplia difusión) sobre el cual se procesan imágenes digitales de las posturas que previamente se han registrado. 

Esta metodología pretende ser una herramienta fácil y accesible de ayuda a ergónomos y profesionales de la prevención que realicen labores de rediseño de puestos. Cuando hablamos de ergonomía, hablamos necesariamente de la adaptación del trabajo al hombre. Desafortunadamente en la mayoría de los casos esta adaptación se lleva a punto mediante el rediseño del puesto de trabajo debido a que, generalmente, en éstos no existe una evaluación y un análisis previos a su construcción. Así, después de estar implementados, es cuando se detectan problemas que se hubieran podido evitar con un diseño bien planificado. 

El concepto de rediseño lleva implícito el termino mejora, y es así que al hablar de rediseño de un puesto de trabajo, damos por hecho que se busca una mejora; mejora encaminada casi siempre a solucionar problemas relacionados con la salud y bienestar del trabajador  y/o con la eficacia y calidad de la producción. Al abordar el rediseño de un puesto de trabajo se debe, en primer lugar, tener claro que la intervención sobre éste debe ser el resultado final del análisis de los problemas detectados en él. 

En España, según los datos obtenidos por la cuarta encuesta nacional de condiciones de trabajo [1] realizada por el Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo (INSHT), los factores de riesgos a los cuales están expuestos los trabajadores y que tienen relación directa con los trastornos musculosesqueléticos son, las posturas forzadas (72%), la manipulación manual de cargas (35%) y el trabajo realizando movimientos repetitivos (32%). Estos factores de riesgo tiene una relación causa efecto demostrada en la prevalencía e incidencia de enfermedades profesionales, sobre todo aquellas relacionadas con el aparato osteomuscular las cuales representan en España al año 1999 el 76% de las enfermedades declaradas. Considerando estos antecedentes merece la pena cuestionarse si los puestos de trabajo y las tareas que en ellos se realizan entrañan riesgos para el trabajador. 

Existen varios métodos de evaluación de posturas en puestos de trabajo, unos mas o menos específicos que otros. Estos métodos requieren generalmente del uso de programas complejos de elevado costo económico y alto grado de complejidad que hacen que difícilmente una empresa pequeña o un profesional en ergonomía puedan tener acceso a ellos. De ahí el interés de desarrollar un método de análisis de posturas en puestos de trabajo que sea fácil y accesible.

Metodologia

La metodología de análisis planteada en este documento se basa en los conceptos biomecánicos de esfuerzos musculares, en los cuales es necesario el uso del Autocad (programa informático de diseño de amplia difusión comercial) para evaluar las posturas, de forma comparativa, antes y después del rediseño. Esta metodología permite calcular valores aproximados de esfuerzos musculares en posturas específicas. Mas, de ninguna manera pretende proporcionar valores definitivos, porque, como ya se aclaró anteriormente, proporciona valores aproximados aunque de gran ayuda, pues nos permiten hacer comparación de los esfuerzos musculares en posturas diferentes. Durante el desarrollo de este informe se usará como ejemplo una imagen ilustrativa sobre la que se harán los cálculos propuestos, esta imagen aunque no representa concretamente ningún puesto de trabajo, si ayudará a comprender claramente la metodología empleada, a la vez que representa un ejercicio típico de cálculos biomecánicos [2].

La metodología desarrollada se basa en la selección de las posturas críticas, en el puesto de trabajo, que pudieran ocasionar problemas musculoesqueléticos en los trabajadores, y sus posteriores análisis determinativos del esfuerzo muscular que tales posturas pudieran generar. Pues conociendo este valor de esfuerzo muscular, se estará en condiciones de proponer una nueva postura con la finalidad de reducir estos índices nocivos. En la Figura 1 se presenta el esquema metodológico usado.

Conclusiones

El procedimiento aquí planteado para el cálculo de esfuerzos musculares, aunque no nos proporciona una evaluación de la postura en términos favorables o desfavorables, sí nos da un punto de comparación ante un posible rediseño del puesto y de las posturas que se adopten en éste.Los fundamentos de esta metodología radican en poder valorar un rediseño de puestos de trabajo antes de realizar cualquier cambio.Con el fin de mejorar posturas críticas podremos evaluar si una nueva postura propuesta mejorara, desde el punto de vista del esfuerzo muscular, con respecto a la postura original. Todo esto basándonos en representaciones virtuales, lo que implica que no es necesaria ninguna inversión económica para comprobar si un cambio es favorable o no. Y además, este procedimiento nos permite también hacer muchas comprobaciones previas antes de decidir un rediseño definitivo.A partir de los datos estadísticos obtenidos de los análisis realizados en España, nos damos cuenta que las patologías generadas por malas posturas, en el puesto de trabajo, requieren gran atención y un especial cuidado, al ser estudiados, siendo uno de los objetivos como ergónomos y/o técnicos en prevención, el poder disminuir los riesgos asociados a carga física biomecánica.

Para ver el articulo completo hacer clik aqui.

Incorporarian las ART a su cobertura hernias, varices y lumbalgias

Las ART deberian incorporar a su cobertura hernias, varices y lumbalgias

El anuncio fue realizado luego de una reunión del Comité Consultivo que contempla la ley. 

La misma se realizó en el Ministerio de Trabajo y fue presidida por su titular, Carlos Tomada. Asistieron representantes y técnicos de CGT, CTA, UIA, CAME, CGERA y las cámaras de Comercio y de la Construcción.

 De esta manera, y en el marco de la Ley de Reparación de los Daños de los Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales, hernias, várices y lumbalgias pasarán a integrar el listado de enfermedades profesionales que las ART tienen que cubrir si se producen.

 "Así como dejamos atrás las indemnizaciones miserables y la necesidad de un juicio para que los trabajadores cobren rápidamente una reparación digna, hoy avanzamos en ampliar la cobertura de enfermedades que antes sólo se reparaban luego de un largo juicio. De esta manera seguiremos generando más protección y más prevención", señaló Tomada.

 

Sobre las enfermedades ahora cubiertas

Si bien usualmente no hay causa obvia para una hernia, algunas veces se presentan por levantar objetos pesados, hacer esfuerzo para ir al baño o cualquier actividad que eleve la presión dentro del abdomen.

Las hernias pueden estar presentes al nacer, pero es posible que la protuberancia no sea notoria hasta más adelante en la vida.

Por su parte, las várices son una enfermedad que afecta a las venas, generalmente de las piernas.

Las personas que sufren de esta patología tienen pesadez de piernas, calambres, picores e incluso fuertes dolores.

La obesidad (unas piernas de contextura gruesa requieren mayor aporte sanguíneo), el sedentarismo (la bomba impulsora del retorno venoso son la almohadilla plantar y los músculos de las piernas y al no hacer ejercicio se provoca un mayor estancamiento de sangre), los trabajos que requieren estar un tiempo prolongado de pie (el sistema de retorno debe trabajar siempre en contra de la gravedad) y tomar anticonceptivos (provocan retención de líquidos) son algunos de los factores que promueven la aparición de várices.

La lumbalgia o lumbago es el término usado para definir el dolor de espalda baja, en la zona lumbar, causado por trastornos relacionados con las vértebras lumbares y las estructuras de los tejidos blandos como músculos, ligamentos, nervios y discos intervertebrales.

Se origina por distintas causas y formas, siendo las más comunes el estrés, el sobreesfuerzo físico y las malas posturas.

Ver nota original: www.infobae.com


El 90% de las bajas por enfermedad se deben a TME

El 90% de las bajas por enfermedad que se producen en el sector de la limpieza son trastornos músculo-esqueléticos

Según Recursos Humanos RRHH Press, el sector de la limpieza registra un importante porcentaje de trastornos músculo-esqueléticos producidos por factores muy diversos asociados al ámbito de trabajo: movimientos repetitivos, posturas incorrectas y un uso inadecuado de los utensilios de trabajo.

Ello implica que este sector presenta un índice mayor que en otros sectores de dolencias como la lumbalgia, cervicalgia, tendinitis, hombro doloroso, epicondilitis, síndrome del túnel carpiano, tenosinovitis de Quervain, artrosis de rodilla, patologías más comunes asociadas a los trabajos de limpieza profesional.
Según el doctor Santiago de la Fuente, médico rehabilitador, “estas patologías resultan tremendamente frecuentes y ocasionan una media de 15 días de baja laboral”.

En concreto, “el 75% de las bajas que se producen en el sector de la limpieza son imputables a enfermedades, el 25% restante se trataría de absentismo voluntario o bajas injustificadas”, reconoce Jesús Martín, presidente de la Asociación de Empresarios de Limpieza de Madrid, AELMA. Y de ese 75%, el 90% corresponde a trastornos músculo-esqueléticos.
“Afortunadamente, los nuevos métodos de diagnóstico permiten saber si los trabajadores están fingiendo una dolencia y si ésta se ha producido en el centro de trabajo o en el ámbito doméstico”, señala el doctor De la Fuente.


La prevención como aliada

Gran parte de esas enfermedades podrían evitarse o minimizarse ofreciendo a las empresas y trabajadores una correcta formación en higiene postural. Tal y como explica Álvaro Guerrero, fisioterapeuta y codirector del centro médico Premium Madrid, “para ofrecer soluciones, primero hay que analizar los riesgos laborales a los que se expone el sector, que en el ámbito de la limpieza son caídas, golpes, cortes y abrasiones con productos químicos. Seguidamente, hay que aplicar los planes de ergonomía adaptados tanto a la actividad que se realiza como al utensilio de trabajo que se emplea y, finalmente; prevenir y, en su caso, tratar los trastornos músculo-esqueléticos”. En este último caso, resulta imprescindible reducir el tiempo desde que el trabajador sufre un dolor o traumatismo hasta que comienza el tratamiento. Según Guerrero, este tiempo debe ser lo más inmediato posible, “de esta manera reduciremos el tiempo de incapacidad temporal y el trabajador quedará 100% recuperado y sin secuelas”.


Reeducación Postural Global

Para que los trabajadores puedan llevar a cabo los planes de ergonomía deberán aprender, a través de técnicas de reeducación postural global y de control postural, cómo ejecutar su trabajo correctamente, así se evitarán retracciones, acortamientos y contracturas musculares, que se producen por el desempeño de la actividad laboral.

Según Guerrero, “en los procesos crónicos o degenerativos, la prevención es fundamental a través de técnicas como la reeducación postural global cuyos principales beneficios son: ganar elasticidad, mejorar la movilidad articular, mejorar la postura, eliminar contracturas y quitar el dolor, mejorar la respiración, controlar el estrés, aprender a controlar tu cuerpo de manera activa y dar estabilidad a nuestra columna”.
Estas conclusiones se han producido en el marco de una Jornada sobre Prevención de Riesgos Laborales celebrada en Madrid por la Asociación de Empresarios de Limpieza de Madrid.

RRHHpress

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