NUEVOS AGENTES DE RIESGO
Disposición G.P. SRT N° 02/2014 - Códigos de Agentes de Riesgo de Nuevas Enfermedades Profesionales
La Superintendencia de Riesgos del Trabajo (SRT) ha promulgado la Disposición G.P. SRT Nº 02/2014, a través de la cual establece los Códigos de Agentes de Riesgo correspondientes a las nuevas Enfermedades Profesionales definidas en el Decreto PEN Nº 49/2014.
Estos nuevos Códigos son:
80009 - Aumento de la presión Intraabdominal - Potencial generadora de hernias inguinales directas y mixtas (excluyendo las indirectas) y hernias crurales, debido a la ejecución de tareas en cuyo desarrollo habitual se requiera carga física; dinámica o estática; al levantar, trasladar, mover o empujar objetos pesados.
80010 - Aumento de la presión venosa en miembros inferiores - Potencial generadora de várices primitivas bilaterales, debido a la ejecución de tareas en cuyo desarrollo habitual se requiera la permanencia prolongada en posición de pie, estática y/o con movilidad reducida (bipedestación estática y/o con movilidad restringida).
80011 - Carga, posiciones forzadas, y gestos repetitivos de la columna vertebral lumbosacra Potencial generadora de hernia discal lumbosacra con o sin compromiso radicular que afecte a un solo segmento columnario, debido a la ejecución de tareas en cuyo desarrollo habitual se requiera de movimientos repetitivos y/o posiciones forzadas de la columna vertebral lumbosacra para levantar, trasladar, mover o empujar objetos pesados.
Si bien la Disposición G.P. SRT Nº 02/2014 reemplaza a la Disposición G.P. y C. SRT Nº 05/2005, los demás códigos de los restantes agentes de riesgo no se han modificado.
La presentación del Relevamiento de Agentes de Riesgo (RAR), que contiene la Nómina del Personal Expuesto a los Agentes de Riesgo (Planilla NPE) y su correspondiente Documentación Técnica Respaldatoria (DTR), debe realizarse de manera similar a cómo venía efectuándose habitualmente.
Para estos nuevos Agentes de Riesgo, los DTR, es decir la Documentacion Tecnica Respaldatoria representara una significativa carga de trabajo a la hora de declarar a los trabajadores expuestos.
Para cada nuevo Agente de Riesgo existe un formulario de Documentacion Tecnica Respaldatoria correspondiente, en el que se indican los datos de la empresa/empleador, los datos del trabajador y un breve cuestionario para indicar si el trabajador esta expuesto o no a ese agente en la tarea o puesto donde se desempeña. Estos cuestionarios cuentan con un Anexo I y Anexo II donde ademas se puede determinar el nivel de exposicion. En cualquiera de los tres nuevos Agentes de Riesgo, con tan solo una respuesta afirmativa el trabajador debe ser considerado expuesto.
Quedara a criterio de la ART y del profesional profundizar la investigacion solicitando un Estudio Ergonomico a posteriori.
Lo novedoso de esta modificacion, es que ahora no solo se contemplan los levantamientos manuales de Carga (que se consideraban ya en la Res. 295/03 en su Anexo I), o los movimientos manuales repetitivos y el Nivel de Actividad Manual (en la misma Resolucion), sino que ahora tambien se contemplan las tareas de Empuje, Arrastre, Traslado de cargas, Manipulacion manual de cargas, Movimientos repetitivos y Posturas Forzadas segun la IRAM-ISO 1128 y el metodo de Snook y Cirello segun las Tablas Liberty.
Este nuevo Decreto no solo es un gran avance en materia legal dentro del marco de la prevencion de riesgos del trabajo sino tambien una ampliacion en los derechos de los trabajadores. A su vez (aunque les cuesta entenderlo), esto significara una reduccion en los costos de las empresas tanto en ausentismo como en juicios laborales, si logran dar un paso mas alla de la declaracion del agente de riesgo y logran implementar un Programa de Ergonomia Integrado.